MEDICAMENTOS SUSCEPTIBLES DE INTERCAMBIO EN SU DISPENSACIÓN

El Tribunal Supremo determina que la condición de medicamentos susceptibles de intercambio en su dispensación no puede depender únicamente de la coincidencia en el “principio activo, dosis o contenido”, cuando, por ejemplo, la forma de administración de dichos medicamentos presenta diferencias.

Consulta aquí la Sentencia del Tribunal Supremo

Contiac Sanitario.

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